Cinta Bosch, Responsable de Sostenibilidad de AECOC
Nº 242 DICIEMBRE 2021

Analizamos los principales impactos del Real Decreto de Envases y Residuos de Envases para las compañías del gran consumo. Aunque continúa en fase de aprobación, las principales líneas ya están definidas. Desde AECOC estamos trabajando para aportar la visión del sector a la administración y minimizar el impacto para las compañías.

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IMPACTOS MÁS PREOCUPANTES

  • Cambio radical en estructuras y modelos de negocio. El elevado impacto que tendría sobre las empresas, supondría un cambio radical en sus estructuras y modelos de negocio, poniendo incluso en riesgo su viabilidad. Es imprescindible analizar este impacto con detalle.
  • Más exigente que las Directivas Europeas. El RD va más allá de los objetivos y medidas marcados por las Directivas Europeas, alejándose de las tendencias en circularidad que planteaban y sobre las que las empresas han dirigido sus inversiones, lo que podría distorsionar el libre mercado.
  • Objetivos desalineados. En el ámbito europeo se está debatiendo sobre reciclabilidad, prevención, reutilización o contenido mínimo reciclado. Es recomendable esperar para regular estos conceptos y alinear las políticas europeas y nacionales.
  • Seguridad alimentaria comprometida. El rellenado de determinados envases podría resultar incompatible con las responsabilidades legales asociadas a la seguridad alimentaria, al no poder garantizar el seguimiento, vigilancia y trazabilidad de los productos.

Cuando la nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados se encuentra todavía en fase de tramitación parlamentaria, entra en escena el Proyecto de Real Decreto de Envases y Residuos de Envases, sometido recientemente a consulta pública y que entraría en vigor a mediados del 2022. Este Real Decreto concreta aspectos del Proyecto de Ley de Residuos, centrándose en los envases y los residuos de envases.

El nuevo texto legal incluye objetivos muy exigentes y que supondrían un cambio radical en las estructuras y modelos de negocio de las empresas. Además, se adelantan aspectos no establecidos por la Comisión Europea, que todavía está calculando objetivos para los conceptos recogidos en el RD.

Las empresas del gran consumo están comprometidas con la reducción de envases, la búsqueda de envases más sostenibles y circulares y la mejor gestión posible de los residuos, estableciendo incluso objetivos más ambiciosos que los que exige la ley. Pero es esencial que estos objetivos estén alineados con los establecidos desde Europa.

Desde AECOC estamos trabajando para minimizar el impacto en las empresas del texto definitivo que se apruebe mediante el establecimiento de un diálogo técnico profundo, imprescindible para trasladar las propuestas del sector en temas de tal impacto económico, operativo y social.

El sector quiere seguir avanzando firme y seguro hacia modelos de producción y consumo cada vez más sostenibles en la triple vertiente: ambiental, social y económica. Para ello es vital garantizar la armonización, la eficacia, la proporcionalidad y la seguridad jurídica.

A la espera de posibles cambios en el redactado final del Real Decreto de Envases y Residuos de Envases, identificamos los objetivos y obligaciones con más impacto en gran consumo:

1. Prevención

  • Entre los objetivos de reducción de los residuos de envases, se encuentra la reducción del 50% de las botellas para bebidas de plástico de un solo uso en 2030.
  • Todos los envases puestos en el mercado deberán ser 100% reciclables en 2030 y reutilizables, siempre que sea posible.
  • Los comercios deberán:
      •  Presentar las frutas y verduras frescas sin envases de plástico, excepto para los lotes de 1,5kg o más o si presentan riesgo de deterioro según la AESAN.
      •  Fomentar la venta a granel de productos frescos.
      •  Informar al cliente de las repercusiones ecológicas y de las obligaciones derivadas de la gestión de los residuos.

2. Reutilización

  • En el canal horeca, en aguas envasadas y otras bebidas se establece el objetivo de reutilizar el 50% de envases en 2025 y el 60% en 2030. En bebidas refrescantes se aumenta al 70% de envases en 2025 y 80% en 2030. Y en cervezas alcanza el 80% de reutilización en 2025 y el 90% en 2030.
  • En el canal doméstico el 10% de los envases de bebidas comercializados deben ser reutilizables en 2025 y el 20% en 2030. En los envases de otros productos, que no sean bebidas, los objetivos se fijan en el 5% reutilizable en 2025, el 10% en 2030 y el 15% en 2035.
  • El 40% de los envases comerciales e industriales deben ser reutilizables en 2025, el 50% en 2030 y el 60% en 2035.
  • Los establecimientos minoristas deberán ofrecer referencias de bebidas en envases reutilizables. La cantidad de estas referencias se calculará en función de la superficie comercial.

3. Uso de plástico reciclado

Se establece un contenido mínimo obligatorio del 25% de plástico reciclado en los envases de PET a partir de 2025 y del 30% en todos los envases de plástico a partir de 2030.

 

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Desde AECOC trabajamos en analizar el impacto, trasladar a la administración pública las dificultades, buscar alternativas viables y ayudar a las compañías a hacerlas realidad.

4. Responsabilidad Ampliada del Productor

Aumento de las obligaciones y, en consecuencia, de los costes, asociados a la aplicación de la Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) a los envases comerciales e industriales.

5. Obligación de marcado e información

En envases domésticos y de consumo será obligatorio indicar el material del que están compuestos y su reciclabilidad, es decir, qué proporción se puede reciclar. También se apunta la obligatoriedad de indicar en qué contenedor debe depositarse o, cuando aplique, su condición de envases reutilizable o sujeto a SDDR. Además, se abre la posibilidad de marcar la cantidad de material reciclado incluido en cada envase.

6. Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR)

Se establece la obligatoriedad de este sistema para envases reutilizables. Pero también se aplica a envases de un solo uso y especialmente, de forma obligatoria, si no se cumplen los objetivos de recogida separada fijados por la CE (70% en 2023 y 85% en 2027), para las botellas de plástico y latas y para los envases de aguas, zumos, refrescos y cervezas.

7. Creación de un registro de productores

Este registro permitirá disponer de información sobre la puesta en el mercado de productos y de sus respectivos envases.

El texto definitivo de este Real Decreto se configurará según los comentarios recibidos en la fase de consulta pública que el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico considere pertinentes y los inputs técnicos que se reciban de la Comisión Europea.

A la espera del texto definitivo, desde AECOC continuamos trabajando en cuatro ejes:

  1. Analizar el impacto de cada aspecto de la norma en las compañías.
  2. Trasladar a la administración pública las dificultades planteadas.
  3. Buscar alternativas viables que permitan un uso más eficiente, sostenible y circular de los envases.
  4. Ayudar a las compañías a hacerlas realidad.

 
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CINTA BOSCH
RESPONSABLE DE SOSTENIBILIDAD DE AECOC

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